Secretaría de Estado y del Despacho de Marina / Ministerio de Marina. Sección Expediciones. Sub-Sección Expediciones a Indias
1.2 Title:
Abono de tiempo por la guerra de América. Declara Su Majestad que se abone a los individuos de Marina el doble tiempo, fijándose por término a dicho abono, para las Antillas y apostadero de La Habana, el mes de enero de 1830, y para los demás puntos del Sur, el día en que los hubiesen abandonado los buques en que tuviesen destino, o en que hayan salido para Europa bajo capitulaciones o fugados