Reglas que en execución del Art. 12. del Tit. 1. Trat. 4. de la Real Ordenanza del Correo maritimo expedida en 26 de Enero de 1777 quiere S.M. se observen en la consucion de Cartas y Pliegos por las embarcaciones de la Real Armada, del Comercio, y de cual [IV-6466(59)]
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