Por el art. 5 cap. 5 del Reglamento de Milicias de Cuba, y Reales órdenes de seis de Octubre de ochenta y seis, y nueve de Diciembre de ochenta y ocho, qualquier Sargento, Cabo ó Soldado de estos Cuerpos, que en ocasion de guerra ... se ausentase sin la d [IV-6470(86)]
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