% wva Año XXXI.— Num. 659 Domingo 22 de Octubre de 1893. Tomo t:~ Pág. aaga^ja^K^aa»»» iwniniMiiiimriiiiiWMiiBiiiiiWftiiiiwtw^-&i- • ? ' - tm «Ga si:- Seráii suscrítores forzosos a la Gaceta todos los paeolos del Archipiélago erigridos civilmente, pagaado sa Importe los que paedan, y sapileado por ios demás los fondos de las respectivas provínolas. ilieal órrí¿m de 26 de Setiembre de 1861.) Se declara texto oSclal, y ante:; íleo él de ia.« disposiciones oüciales, cualquiera que sea so origen, publicadas en la Qaceta de Manila, por lamo serár obligatorias en su ccmplímif-nio.', iSuverior Decreto d-e 20 ul!|_ 1; Sí DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION CIVIL DE FILIPINAS. Exposición . Excmo. Sr.: Uno de los medios más eficaces de promover e! desenvolvimiento de la riqueza pública, és el de diroJ fundir 'a enseñaoza- agrícola, en sus diferentes grain ¿os, entre los cuilivadores do ia tierra, necesidad sentida y satisfecha en todos los paises cultos. A la '? difusión de esta enseñanza, á su vulgarización como arte y como oficio, á los estudios analíticos de los químico, k La experimentales de los agrónomos, al concierto y unidad de miras entre los Gobiernos y los agriai'tores, deben hoy, los pueblos más adelantaios,. sus cuantiosas cosechas, la perfección eredente en los procedimientos de cultivo, la baratura de los precios y la bondan da los frutos, sin que en esta marcha progresiva, quepan indolencias ó ¡IcUaciones, hijas de la excesiva confianza en los privilegios natu-ales, porque hasta la misma naturaleza descubre sus secretos y rinde sus fuerzss ante los embates de la ciencia. Todas las artes y todns los oficios requieren ei:selanza, sin que se e capo á eita ley inevitaVe, el cultivo agrario, que no podrá realizarse de una manera consciente y pe v? cho'sa sin que el prop:et'ario y el obrero, dentro de sus respectivas esferas de acción, reúnan suficientes conocimier;tos teóricos y prácticos cada vez más necefarios. ? No pueJea estas Islas per r anecer iodiferent' s al rápido progreso que por todas partes se reaiizv, no pueden aislarse dei comercio de intereses y de ideas '[lie se desarrollan en en el mundo civilizado, antrs npí| bien necesitan aumentar sus cesechas, mejorar sus frutos, perfeccionar sus procedimientos de cultivo y beneficio, suplir la deficiencia de los brazos con el empleo racional y prudente de las msquin-is, entrar 'fileno, en una pa!ab a, en las vía? del progreso, Vil en Cuanto al cultivo agrario se refiere. Cumple por lo tanto á esta DireGCrón general, y a^ ¡o viene haciendo dentro de su esfera de acción, froponer á V. E. cuantas reformas tiendan á ios indicados fines, con tanto más motivo, cuanto qu?, al hacerlo así, responde, en la medida posible, á los Jeseos de V. E en favor de la prosperidad de estas «las. { Ha creido llegada la ocasión, este Centro directivo, Jteria se acDineten empresas de mayor importancia J proponer á V. E 'a creación de veinte plazas de Jumnos pensionados en la Escuela de Agncultura ^ MauiLí, que rengan á llenar aunque por modo "tnuado, el vac o - creado por la indiferencia hácia los Eladios prácticos y profesionales que no ofrecen, á 6U lérmino, el alicien'e de un oficio público, error disculpable en un pueblo jóven y poco experto Q el conocimiento de sus propios intereses. ^ leauU és ésta, cue no neces ta razonarse por la juncia cía sus ventajas y que constituirá un Q?~ I a 30 T I IsenS p« I lo así la!-' I ¿i a; Ü^llo ia 'gual al concedido para el estudio de las B. ciet arHs por medio de las pensiones otorgadas á ^'(o número de alumnos en las Escuelas de Pintura «si p ^ Y Roma y eu la Novmal de Maestros de 9tí i .P^a^ COil cargo á los fondos 'ocales, siguiendo tarn ^eiT1^ ^e ^a8 diputaciones provinciales y ayur• sien!611108 s acertada y equitativa provisión de las mismas, se celebrará un concurso en la Secretaría del referido Establecimiento que oportunamente será publicado en la Gaceta oficial. 6. * El Director de la Escue a de Agricultura cometerá á la Dirección general de Administración Civil tanto la aprobación de las bases á que ha de sujetarse el referido concurso, como cuantas disposiciones sea necesario adoptar en es'e s£ r Vicio, y: 7. ° OojTesprndíendo sostener la atención de que se trata al Presupuesto de Ponaos Locales, la Ordenacióa de Pagos de la Dirección Civil cuidará da consignar el crédito necesario en el primer proyecto de presupuesto. Comuní quese, publíqu^se y dése cuenta al Ministerio de Ultramar. BLANCO. Parte mil i tur. GOBIERNO MILITAR. Servicio de la Plaza para el día 22 de Octubre de ¡ 893. Parada y vigilancia, Artillería y núm. 72. — Jefe de dia, el Teniente Coronel de Ingenieros, D. Angel M. Rosell. — imaginaria, otro del núm. 72, D. Antonio Montuno. — Hospital y provisiones, Artilíer'a, 2. o Capital}, — Reconocimiento dezaca'e y vigilancia montada. Caballería. — Paseo de enfermos, Artillería. — Música en la Luneta, Artillería. De órden de S. E, — El Teniente Coronel, Sargento Mavor, José García Cogeces. un cío es. INTENDENCIA GENERAL DE HACIENDA DE FILIPINAS. Félix Abayan Mateo, Carábkéro que fué de es,e distrito, se serví! á presentaren la mesa de partes de esta Intendencia general para enterarle de un asunto que le concierne," Manila, 18 de Octubre de 1893.— P. O.— El Subintendente, C. Peñaranda. Sección de Impuestos Indirectos. Negociado l.o Ka el día 16 de Noviembre p:óximo h las diez de su mañai a se celebrará ea esta Intendencia general de Hacienda, concierto público, para la adquisición de 500 libros para el impuesto urbano, eu el próximo ejercicio de 1894, con sugecióa al pliego de condicior.ea que estará de manifiesto en la SÍ dción de Impuestos directos de evta misma I ¡tendencia, bajo el tipo Jde pfs. 404*18, en progresión descendente. Lo que se anuncia para el conocinreato de los que deseen interesarss en este servicio. Minila. 7 de Octubre de 1893.— j. .limeño Agius. 1 Negociado 1." Por decr-. to de 10 del actual se autoriza á Doña María Teresa Carmona, vecina de esta Ciudad, para rifar en combinación con el sorteo de la Real Lotería Filipina que tendrá lugar en el mes de Diciembre del corriente año; un quiles enganchado á un caballo cebruno con sus correspondientes guarniciones, justiprec'ado por los peritos carroceros D. José Padern y D. Salvador Aliena, en la suma de ciento sesenta pesos y el caballo, según valoración practicada por los veterinaries, en cuarenta pesos, siendo dépesitario del expresado carruage D. Fernando Gonza'ez, domiciliado en la calle de Cabildo núm. 57. Constará dicha rifa de cien papeletas con cuatrocientos números correlativos al precio de dos pesos cada una, entregándose el expresado quiles y caba11o al tenedor de la papeleta que entre sus números tenga uno igual al agraciado con el premio mayor del antedicho sorteo; Manila, 18 de Octubre de 1893.— P. O.— El Subintendente, C. Peñaranda. 3 Por decreto de 29 ds Setiembre último, se autoriza á D. Severo Félix Villanueva, vecino de esta Capital, para rifar en combinación con el soiteo dñ la Real Lotería Nacional Filipina correspondiente al mes