Al capitán general del departamento de Cartagena. Se previene, entre otras cosas, que informe a la Junta del departamento circunstanciadamente del estado en que se hallan los buques y repuestos del arsenal de Cartagena, cuales sean los medios más prontos, eficaces y económicos de ocurrir en parte a esta gravísima urgencia, acompañando un presupuesto o regulación aproximada de los gastos que podrá causar mensualmente el armamento de un navío de 60 a 70 cañones y una fragata de 30 a 40; y el desolar dos fragatas de este mismo porte con un buque menor de 14 a 20 cañones, comprendiéndose en este presupuesto, aunque con distinción, los sueldos y gratificaciones de todas clases, los gastos de víveres, repuestos de campaña, etc