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Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que conforme al Real Decreto inserto se declara la guerra á la Reyna Fidelísima de Portugal, sus Reynos y súbditos, y se corta toda comunicación trato y comercio entre ellos y los de esta Corona. (1801)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que conforme al Real Decreto inserto, se declara la Guerra al Rey de Inglaterra, á sus Reynos y Súbditos, y se corta toda comunicacion, trato y comercio entre ellos, y los de esta Corona. (1796)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que conforme al Real Decreto inserto se declara la guerra contra la Rusia, sus posesiones y habitantes, y se manda cortar, y que cese toda comunicacion, trato ó comercio entre ellos y los vasallos naturales y moradores de estos Reynos. (1799)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que para evitar competencias de Jurisdiccion entre el Consejo de las Ordenes, y las Chancillerías y Audiencias del Reyno, se declara el conocimiento que estos Tribunales han de tomar en los asuntos de elecciones de Justicias en los pueblos del territorio de Ordenes; y en quanto á los demas pleitos y negocios se manda observar el Auto-acordado 9. tit. I. lib. 4. de la Recopilacion. (1793.)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que para la mas puntual execucion de las expedidas en veinte y quatro de Agosto de mil setecientos noventa y cinco, imponiendo un quince por ciento sobre los bienes raices que adquieran las manos muertas, y los que se destinen á la fundacion de Mayorazgos, se manda que se publiquen en las Capitales de Provincia, y que los Escribanos remitan á los Intendentes testimonios de dichas adquisiciones y fundaciones, en la forma que se expresa. (1
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo en que por regla general se establece y declara que los Jueces no Letrados no sean responsables á las resultas de las providencias y sentencias que dieren con acuerdo de Asesor, en la conformidad que se expresa. (1793)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo en que se concede permiso y privilegio exclusivo por término de diez años a Don Pedro Angel de Albizu, Arquitecto mayor de Cádiz para usar en los Puertos del Reyno y construir una máquina que ha inventado con que se puede operar dentro del agua, baxo las condiciones que se expresan. (1793)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se crean diez y ocho millones de pesos de ciento veinte y ocho quartos en Vales Reales; y se establece una contribución extraordinaria y temporal, sobre las rentas líquidas de propietarios en las veinte y dos Provincias de los Reynos de Castilla y Leon, con el objeto de aumentar el fondo destinado para la extinción de Vales Reales, todo con arreglo á los Decretos é Instruccion insertos. (1794)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se declara que el Breve expedido por su Santidad, por el que se revocan, casan y anulan todas las exênciones de pagar Diezmos, trasciende igualmente á que la Real Hacienda logre aquella parte que la corresponde por Reales Tercias, en la conformidad que se expresa. (1796)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se declara que el conocimiento de las demandas de disenso, que para contraer matrimonio se pusiesen á los Militares, toca y pertenece á la Jurisdiccion Real Ordinaria, sin embargo de no exceptuarse específicamente este punto en los Reales Decretos de nueve de Febrero de mil setecientos noventa y tres. (1795)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se declara, que en los casos de aprehensiones y comisos de frutos y géneros de prohibido Comercio, así como no han de descontarse los derechos de Rentas generales, ni los de Alcabalas y Cientos para la Real Hacienda, del mismo modo no han de deducirse los derechos de Sisas, ó Arbitrios que en los permitidos han exîgido, y perciben la Villa de Madrid, y qualesquiera otras Ciudades y Pueblos de estos Reynos. (1795)
(1)
Real Cédula de S. M. y Señores del Consejo, en que se declara que las fundaciones de vínculos patronatos de Legos, hechas con anterioridad á la Real Cédula de catorce de Mayo de mil setecientos ochenta y nueve, no están comprehendidas en la prohibicion contenida en ella. (1795)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se declara que los contadores de cuentas y particiones á pretexto de las facultades concedidas en sus títulos no pueden privar á los testadores de las que tienen para nombrar partidores ó contadores que dividan las herencias entre sus hijos menores. (1791.)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se declaran exceptuados de la Real Pragmática de 26 de Abril de 1761 los empleados en las diligencias concernientes al Real Servicio, que lleven cuchillos con licencia por escrito de los gefes de la tropa destinada á perseguir contravandistas y malhechores, con lo demas que se expresa. (1791)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se derogan los artículos que se expresan de la Real declaracion de Milicias de 30 de Mayo de 1767, que tratan la exêncion de sorteos de los Clérigos tonsurados ó de menores; y se dispone lo que se ha de observar en lo sucesivo. (1797)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se dispone que los dueños de los Vales Reales que no los presenten á su renovación en las Oficinas destinadas al efecto en el perentorio término de tres años, perderán indefectiblemente el capital de ellos, sin que tengan derecho á reclamarle. (1802)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se establecen las reglas que han de observarse en el modo de beneficiar las Minas de Carbón de piedra, se permite el libre Comercio de este género y conceden varias gracias para promover su tráfico y la extraccion fuera del Reyno, con lo demás que expresa. (1792)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se hacen varias declaraciones á los Capitulos segundo y tercero de la expedida en 24 de Agosto de 1792, para el modo de beneficiar las Minas de Carbon de Piedra (1793)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda cumplir el Decreto inserto, expedido en veinte y cinco de Octubre de mil setecientos noventa y ocho, por el qual se anticipan las épocas señaladas en el de quince del propio mes para el reintegro de las acciones del Real Empréstito de quatrocientos millones de reales creado por él, en la forma que se expresa. (1798)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo en que se manda cumplir el Decreto inserto por el qual se dispone que se enagenen todos los bienes raices pertenecientes á Hospitales, Hospicios, Casas de Misericordia, de Reclusion y de Expósitos, Cofradías, Memorias, Obras pias, y Patronatos de legos, poniéndose los productos de estas ventas, así como los capitales de censos que se redimiesen pertenecientes á estos establecimientos y fundaciones, en la Caxa de Amortización baxo el interes an
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda cumplir el Decreto inserto por el qual se establece una moderada contribucion sobre los legados y herencias en las sucesiones transversales, para atender con sus productos al importante objeto de acopiar en la Caxa de Amortización una masa de rentas anuales proporcionada al pago de intereses de los préstamos que deben subrogarse en lugar de los Vales Reales que extinga, ó de los créditos gravosos á la Corona, en la forma que s
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda cumplir el Decreto inserto, por el que se agregan é incorporan á la Real Hacienda, con destino á la Caxa de Amortización, los restos de las Temporalidades de los Regulares de la extinguida Compañía, y se dispone que la Superintendencia general de ellas se traslade al Ministerio de la Real Hacienda, con lo demás que expresa. (1798)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda cumplir el Decreto inserto por el que se dispone que los caudales y rentas de los seis Colegios mayores de Salamanca, Valladolid y Alcalá entren en la Caxa de Amortizacion con el rédito de tres por ciento anual, corriendo la recaudacion á cargo del Superintendente general de la Real Hacienda, en la conformidad que se expresa. (1798)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda guardar y cumplir el Breve inserto, expedido por la Santidad de Pio VII en Roma á diez de Febrero de este año, concediendo á S. M. varias gracias sobre las rentas Eclesiásticas, para aumento de los fondos destinados á la extincion de Vales Reales, en la forma que se expresa. (1801.)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo en que se manda guardar y cumplir el Decreto inserto, por el qual con el fin de ocurrir á los gastos extraordinarios que ocasiona la guerra, y á que no alcanzan las rentas ordinarias de la Corona, se manda exigir por repartimiento entre los Pueblos del Reyno, con proporcion á sus riquezas, y por via de subsidio trescientos millones de reales, dexando á los pueblos la facultad de buscar arbitrios que sin ser gravosos á los pobres produzcan dich
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda guardar y cumplir el Decreto inserto, por el qual se establece el método que se ha de observar en el aprovechamiento de los Montes de la Provincia de Extremadura, fomento de la plantacion de Árboles, y repartimiento de terrenos incultos, y se declara de pasto y labor todas las Dehesas de la misma Provincia, á excepcion de las que se probase instrumentalmente ser de puro pasto, y las que los dueños disfrutan por sí mismo ó con
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda guardar y cumplir el Decreto inserto, por el qual se incorpora á la Rifa concedida á las Caxas de Reduccion de Vales, la que se habia permitido hiciese la Villa de Madrid para verificar el pago de la cantidad con que debe contribuir por su cupo en el repartimiento de trescientos millones con que ha de servir el Reyno en el presente año, en la forma que se expresa. (1800)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo en que se manda guardar y cumplir el Real Decreto inserto, por el que se declara el fuero militar que corresponde á los matriculados é individuos de Marina en las causas civiles y criminales; y se previene lo conveniente para llevar á efecto la resolución que se cita á cerca de establecer los limites del agua salada en que tienen privilegio exclusivo de la pesca los matriculados, con lo demás que se expresa. (1793)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda guardar y cumplir el Real Decreto que se cita, por el qual se crea una Superintendencia general de Temporalidades ocupadas á los Regulares que fuéron de la extinguida Compañía, y tambien una Direccion general de este ramo, que baxo la autoridad de dicha Superintendencia se encargue de su gobierno; en la conformidad que se expresa. (1797)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda no se moleste con prisiones ni arrestos á los reos reconvenidos por causas de estupro, y se previene lo que en este particular deberá observarse para evitar toda arbitrariedad. (1796)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda observar las resoluciones tomadas, por las quales se prohibió la introduccion en estos Reynos de papeles sediciosos; y se hacen varias declaraciones en quanto al modo de permitir la entrada, y curso de los libros y otras maniobras, que desde Francia lleguen á las aduanas de las fronteras y Puertos: en la conformidad que se expresa. (1792)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda observar lo dispuesto en la de seis de Marzo de mil setecientos noventa y cinco ; y se declara que la reserva al Consejo de los juicios de injusticia notoria del de Órdenes que se contiene en ella es extensiva también á los de segunda suplicacion. (1802)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda observar y cumplir el Convenio provisional de alianza ofensiva y defensiva ajustado entre S. M. y el Rey de la Gran Bretaña. (1793)
(1)
Real Cédula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda observar y cumplir lo dispuesto en la Ordenanza general del Exército para la persecucion y aprehension de los Desertores (1796)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda observar y guardar el Tratado de Amistad, Límites y Navegacion concluido y ratificado entre su Real Persona y los Estados Unidos de América. (1796.)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se manda, que el Serenísimo Señor Príncipe Don Luis, heredero de Parma, y Esposo de la Serenísima Señora Infanta Doña María Luisa, hija de S. M., goce las prerogativas de Infante de España, y que se le guarden las preeminencias, honores y demas distinciones correspondientes á tan alta jerarquía. (1795)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se nombra al Obispo de Salamanca Gobernador del Consejo, para que dirija y entienda en los negocios de Temporalidades ocupadas á los Regulares de la extinguida Compañía, con las mismas ámplias y convenientes facultades concedidas á su antecesor. (1795)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se prescribe el metodo que ha de observarse en el Tribunal del Proto-Cirujanato en los exâmenes de Cirujanos y de los Sangradores, y requisitos que los pretendientes deberán tener para ser admitidos á ellos, con lo demas que se expresa. (1797)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se prohibe que ningun Cuerpo, Comunidad, ó persona de cualquier clase ó condicion que sea, pueda imprimir ni vender el Kalendario general de estos reynos, si no fuere encargado y por cuenta del Real Observatorio Astrónómico de Madrid, á quien está cometida la formacion de él, ó de los arrendadores que ahora son y en adelante fuesen de este privilegio. (1796)
(1)
Real Cedula de S. M. y Señores del Consejo, en que se proroga por dos años mas, desde veinte y siete de Marzo del presente, el término prefinido para la admision en las Reales Casas de Moneda, y Tesorerías de Exército y Provincia, de los veintenes de oro que corren por veinte y un reales y quartillo, en la conformidad que se expresa. (1796)
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